Señal V-23. distintivo retroreflectante para vehículos

El reglamento CEPE/ONU 48 expone el carácter voluntario u obligatorio de marcar con materiales retrorreflectantes, como la cinta adhesiva reflectante, la parte trasera y lateral de los siguientes tipos de vehículos:

• Vehículos para el transporte de cargas, con peso superior a 7.5 toneladas y remolques con peso superior a 3.5 toneladas.

• Obligatorio para nuevas homologaciones desde 07/2008.

• Obligatorio para nuevas matriculaciones a partir de 07/2011.

• Vehículos para el transporte de viajeros, con 9 asientos o más, vehículos para el transporte de cargas de hasta 7.5 toneladas y remolques con peso máximo entre las 0.75 y 3.5 toneladas.

• Uso voluntario.

• Vehículos para el transporte de viajeros, con menos de 9 asientos y remolques con peso máximo inferior a 0.75 toneladas .

• Uso prohibido.

CINTA ADHESIVA REFLECTANTE PARA CAMIONES HOMOLOGADA ECE 104

Con el balizamiento perimetral con cintas reflectantes tendrá la máxima visibilidad del vehículo y duración frente a las inclemencias del tiempo.

Disponemos de diferentes materiales para que se adapten perfectamente tanto a superficies rígidas como flexibles ( lonas ). Al mismo tiempo la cinta reflectante ECE-104 con presentación de precortes es adecuada para la señalización curva en las traseras de los camiones cisterna.

Le recomendamos que verifique que el producto que le ofertan cuenta con la marca al agua de homologación según la UN ECE 104.

Disponemos de rollos de 10 mts para autónomos.